sábado, 8 de noviembre de 2008

Analisis de la película "12 Hombres en Pugna"


Un joven de 18 años es sometido a un juicio para determinar su culpabilidad o inocencia respecto del asesinato de su padre, quien fue encontrado por un vecino del departamento en que vivía muerto producto de la misteriosa navaja clavada en su pecho. Los hechos son los siguientes:
1. El chico en tela de juicio admite haber salido de la casa la noche del asesinato a las 8:00, después de que su padre le pegó varias veces.
2. Luego de salir de la casa se dirigió directamente a una tienda de empeño del barrio, donde compró una navaja de resorte. No era una navaja común, tenía un mango y una cuchilla de tallado inusual. El mismo dueño de la tienda dijo que era la única navaja de ese tipo que tenía.
3. Después el joven se encontró con sus amigos frente a la cantina a eso de las 8:45pm. Habló con sus amigos durante una hora, hasta las 9:45pm. Durante dicho encuentro sus amigos vieron la navaja.
4. Volvió a casa a eso de las 10:00pm (aquí es donde la historia que cuenta el fiscal y la historia que cuenta el chico dejan de coincidir). El joven afirma que fue al cine a eso de las 11:30pm, y regresó a casa a las 3:10am, donde encontró muerto a su padre y los detectives que a esas alturas se encontraban en el lugar procedieron a interrogarlo y arrestarlo. También afirma que los detectives lo empujaron por las escaleras.
5. Según el joven la navaja se le callo por un agujero de su bolsillo mientras se dirigía al cine, entre las 11:30pm y las 3:10am, y que nunca volvió a saber de ella.
6. La navaja fue identificada por el tribunal como la misma arma utilizada en el asesinato.

El juicio giró en torno al relato de dos testigos claves: un anciano de unos 75 años de edad que era vecino del lugar de los hechos; y una mujer de unos 45 años de edad que vivía justo en frente del departamento del joven.

El anciano, uno de los principales testigos que apuntaban al joven como culpable, vive justo abajo del cuarto donde aconteció el asesinato, y afirma que escucho mucho movimiento a eso de las 10:10pm, que sonaba como una pelea y un grito del joven en la noche que decía “¡Te voy a matar!”, y un segundo después oyó el golpe de un cuerpo caer al piso. Acto seguido, y al imaginar lo que estaba sucediendo, se incorporó levantándose de la cama y corrió lo mas rápido que pudo hasta el fondo del pasillo en donde vivía el joven, abrió la puerta y se encontró con el cadáver en el suelo, y habría visto al joven huir por las escaleras. Luego llamo a la policía.

El jurado discrepa respecto de la idea de que si pudo o no el anciano haber oído bien los gritos y el golpe del cuerpo al caer, considerando que justo en eso momento estaba pasando el tren emitiendo mucho ruido. El anciano testigo solo puede haber creído oír los que indica, según la teoría de un miembro del jurado, ya que al estar este tan solo, no ser alguien importante, que nadie busque su consejo a pesar de su experiencia, que nadie cite sus palabras ni su nombre salga en los periódicos… es una realidad muy dura para alguien que se encuentra en la etapa final de su vida, y que ciertamente puede afectar los sentidos de esta persona y que estos mismos le jueguen una mala pasada solo para creer que puede ser parte de algún suceso actual trascendente que le brinde un reconocimiento, una última satisfacción a su vida.

El anciano también tiene una seria discapacidad en una de sus piernas producto de una enfermedad que había sufrido hace poco. Situación que hace dudar a algunos miembros del jurado respecto de lo que afirmaba el anciano, según el relato del cuál habría podido llegar al departamento en cuestión en solo 15 segundos. Hecho que pudo desmentir Davis en la misma sala donde se pronunciaba el jurado, imitando la situación en la que se habría visto envuelto el anciano, deduciendo que por lo menos le habría tomado 40 segundos llegar al departamento y no los 15 segundos que afirma.

Otro testigo que señalaba al joven como el asesino era una mujer de unos 45 años que vivía en frente del departamento del imputado, la cual afirma que se encontraba acostada en la cama tratando de dormir a la hora de la comisión del ilícito. Que desde su ventana podía ver el interior del departamento del joven, y que al pasar el tren entre ambos edificios, pudo ver a través de las ventanillas de este como el imputado daba muerte a su padre a eso de las 12:10am.
El tren en ese momento no llevaba pasajeros y tenia las luces apagadas, ya que lo llevaban al centro. La mujer dice conocer al joven desde pequeño. El tribunal pudo probar que en la noche se puede ver a través de las ventanas del tren.

El testimonio de dicha mujer es la prueba más contundente de la que se aferran los miembros del jurado que señalan al joven como el culpable. Sin embargo, recuerdan como la mujer se presento a declarar ante el tribunal: con ropa para gente más joven, mucho maquillaje, el pelo teñido y SIN LENTES, para perecer de 35 años. El hecho de que usara o no lentes no fue considerado por la defensa del joven. Lo trascendental para este controvertido caso es que usar lentes connota la deficiencia visual que sufría esta persona, y que dada las circunstancias en que dice haber visto el crimen dan lugar para deducir que, en el preciso momento en que fue testigo del crimen es muy posible que no se haya encontrado con los lentes puestos, poniendo en seria dura la claridad y certeza de lo que afirma haber visto. Considerando, además, la distancia desde la que observaba, que era de noche, y que pasaba un tren entre ella y el sitio del suceso.

La defensa del joven proporcionada por un abogado principiante llegó a su fin y solo restaba esperar el veredicto de los 12 hombres que componían el jurado, quienes siguieron el caso durante toda su evolución. Dicho veredicto tendrá que contar con el respaldo unánime del total del jurado, tanto para el caso de ser encontrado culpable como para el caso de decretarlo inocente.

El supuesto delito cometido por el joven es un asesinato del tipo homicidio premeditado, cuya comisión en el Estado donde reside el imputado es sancionado con la pena de muerte, sanción que se cumple en la silla eléctrica. Ciertamente la balanza de la justicia no se inclinaba a favor del joven.

El jurado se reúnen para votar, sin embargo la sesión demora en comenzar por el desorden que había en la sala: unos conversaban, otro demora demasiado en el baño, se distraen, les cuesta ponerse de acuerdo, otro no dejaba de hablar del partido de béisbol al cual tenía entradas, etc. Esta escena nos trasmite el dejo que tenían dichas personas, lo poco profesionales que resultaron ser para realizar la tarea a la que fueron convocados, que era hacer justicia.
Más aun podemos resaltar la ligereza con que se tomaban su trabajo si nos centramos en que discutirían sobre la continuidad de la vida de un hombre, y no le daban mayor relevancia. Creían que su tarea sería fácil y por ello se desocuparían temprano, ya que el juicio que habían presenciado no le merecía duda a la mayor parte del jurado.

Sin embargo la sorpresa surge cuando solicitan una primera votación. Lo que parecía que seria un veredicto unánime resulta en un acontecimiento completamente inesperado. Un miembro del jurado llamado Davis fue el único que se abstuvo de declarar culpable al joven imputado en la votación preliminar que acostumbraban realizar antes de hablar latamente sobre el asunto en cuestión, dado que tenía una duda razonable, quedando obligados los demás miembros a quedarse y discutir a pesar de no tener la mejor de las disposiciones. La duda razonable era un tema muy valorado en su sistema jurídico, al igual que en el sistema jurídico penal de nuestro país que establece que el juez ante la duda sobre la culpabilidad del imputado debe abstenerse de condenar, debe en tal caso absolver.

Uno a uno tratan de convencer al único personaje que discrepaba de la opinión general, exponiendo las ideas matices en las que centraban su decisión y cuestionando a Davis. A medida que discuten y solicitan votaciones cada vez que salen a la luz detalles en los que no habían reparado antes, se dan cuenta de la complejidad del caso. La tención crece, alzan la voz, e incluso algunos están a punto de golpearse.

Incluso algunos de los miembros del jurado rescatan experiencias de sus vidas personales, dejándose influenciar por estas. Otros tenían ciertos prejuicios sociales, como que todas las personas que nacen en barrios pobres son potencialmente peligrosas para la sociedad.

De esta manera es Davis quien poco a poco va haciendo ver al resto del jurado que tanto él como ninguno de ellos tenía las pruebas suficientes para determinar con certeza la culpabilidad del joven y sentenciarlo a una muerte tan horrenda. Aparecen datos que en lugar de aclarar los hechos los confunden mas, sembrando dudas. Datos como que el arma usada en el crimen (navaja de resorte) no es tan poco común como se pensaba, es más, el mismo Davis consigue una en el barrio del suceso, generando gran conmoción dentro del jurado.
Otro dato que causo desequilibrio dentro del jurado es la determinación del tiempo que le tomo al aciano (testigo) llegar al departamento donde sucedieron los hechos, y de esta manera establecer si efectivamente logro o no ver al joven huir por las escaleras, ya que dada la limitación que le causaba el estado de su pierna era muy poco viable que hubiese llegado a dicho lugar en solo 15 segundos, hecho que pudo refutar Davis. Una teoría que se manejo es que el viejo solo invento que había visto al joven huir para poder participar en el juicio y sentirse importante alguna vez en su vida.

En cuanto a la versión de los hechos según el joven, sostiene:

1. Discutía muy a menudo con su padre y que este lo golpeaba constantemente desde pequeño.
2. Aquella noche se produjo una pelea a eso de las 8:00pm.
3. Luego salio de casa y fue a una tienda a comprar una navaja.
4. Posteriormente se encontró con sus amigos y les mostró la navaja.
5. Regreso a casa a eso de las 10:00pm.
6. Mas tarde salió nuevamente, esta vez rumbo al cine a las 11:30pm, y que habría vuelto a las 3:10am encontrando a los detectives en casa junto con el cadáver de su padre.
7. Los detectives procedieron a interrogarlo como principal sospechoso en el mismo sitio del suceso, y como el joven no supo responder con certeza en donde se encontraba durante su ausencia de la casa, lo arrestaron por fundadas sospechas.

La sección del jurado que avalaba la inocencia del joven sostiene que este no podía recordar el nombre de las películas ni el de los autores que vio porque el primer interrogatorio al que fue sometido fue en el mismo sitio del crimen, hallándose el joven muy cargado emocionalmente por lo recién acaecido, y con mayor razón porque aun estaba en presencia del cuerpo sin vida de su padre, lo cual ciertamente perturbó su percepción de la realidad y su capacidad para recordar. Mientras que la contraparte del jurado sostiene que el joven nunca fue al cine, ya que nadie lo vio salir de su casa y ninguna persona de las que asistió al cine aquella noche lo reconoció.


Davis logra finalmente, y con mucho esfuerzo, convencer al resto del jurado de la falta de pruebas suficientes para declarar culpable al joven. Logrando que el veredicto del jurado sea inocente. Inocente no porque el joven efectivamente lo sea, sino por la inexistencia de medios para dar credibilidad a una decisión contraria.

Condena planteada en la película

La condena a la cual se pretendía someter al joven era a la pena de muerte, que sería ejecutada en la silla eléctrica. Esto por la gravedad del ilícito (homicidio premeditado) en contra de su propio padre.

Condena aplicable en Chile

Como bien sabemos en Chile la pena de muerte fue derogada del Código Penal por la ley 19734 de 2001, reemplazándose por la pena presidio perpetuo calificado, pero aún la Constitución Política de la República contempla esta posibilidad al disponer en su artículo 19 Nº 1 inciso 3º que “la pena de muerte solo podrá establecerse por delito contemplado en ley aprobada por quórum calificado”. Dicha pena aún es objeto de intenso debate en nuestro país.

La calificación del delito en cuestión según nuestro ordenamiento jurídico seria de parricidio (homicidio del padre, madre, cónyuge o conviviente o de cualquier otro ascendiente o descendiente consanguíneo y en línea directa, sean legítimos o naturales, sabiendo el asesino de ese parentesco). Sin tener mayores conocimientos de nuestro Código Penal quién escribe, estimo que sería aplicable la pena de presidio perpetuo calificado, frente al cual el imputado deberá estar en prisión durante 40 años. Sin embargo, estimo que dicha pena no sería aplicable en su grado máximo para el joven de la película, ya que lo benefician dos atenuantes:

1. No es posible establecer que actuó con premeditación, sino que como una última reacción para poner fin a las constantes situaciones de maltrato que recibió desde los 5 años de edad por parte de su padre, partió, luego de una golpiza, a una tienda de empeño a comprar una navaja, no es clara la intención con la que acudió a comprar la navaja, ya que si hubiese sido con la intención de apuñalar a su padre se hubiese devuelto de inmediato a la casa luego de adquirir el arma, y no se hubiese detenido a conversar con sus amigos durante una hora. Por otro lado, es sabido que todos tenemos un límite, y la ultima golpiza que recibió antes de salir de casa bien pudo haber sido la gota que rebalso el vaso de su tolerancia.
2. Dichos maltratos proporcionados por su padre desde tan corta edad afectaron su psiquis, causándole percibir la violencia como algo habitual en la vida, por tanto un medio muy eficaz para resolver sus conflictos sin tener conciencia de ser un actuar prohibido.

Es posible establecer una agravante:

1. El nutrido prontuario de transgresiones a la ley del joven: a los 10 años de edad el joven estuvo ante el tribunal de niños por arrojarle una piedra a un profesor. Cuando tenía 15 años de edad fue al reformatorio, pues robó un auto. Lo arrestaron por asaltar. Lo arrestaron dos veces por pelear usando una navaja.

Dicho prontuario del joven puede ser explicado por las mismas situaciones de violencia que vivía a diario en su casa. El padre no se preocupo de darle una buena educación, sino que enseñarle a golpes.

Mi posición en este controvertido caso seria, y como ya lo e insinuado en la página anterior, declarar inocente al joven, esto por las siguientes consideraciones:

1. El arma utilizada en el homicidio no era tan inusual como pensó el jurado en un primer momento, de hecho fue posible conseguir una igual en otro local cerca del departamento implicado en el caso y a un muy bajo costo, accesible para cualquier persona.
2. La violencia con la que fue criado le enseño a que mostrándose fuerte frente a los demás, lo que le permitiría conseguir sus objetivos siendo rebelde.
3. No me parece claro el testimonio del anciano en contra del joven, siendo además imposible, como se comprobó, que llegara en 15 segundos al departamento del joven y que lo viera huir.
4. La mujer que vive en frente del departamento del joven, y que afirma haberlo visto en el instante en que apuñala a su padre, es claro que no tenía los lentes puestos como para haber presenciado el suceso con total nitidez y sin intervención de sus defectos visuales, estableciendo severas dudas respecto de lo que efectivamente pudo captar aquella noche, ya que nadie duerme con los lentes puestos.
5. El hecho que no pudiese recordar el nombre de las películas al momento de ser interrogado es muy comprensible dado el estado de shock en el que se encontraba al ver a su padre muerto de manera totalmente inesperada.
6. Su comportamiento no era de alguien que estuviese ocultando información, sino el de una persona normal impactada por la situación antes descrita.

3 comentarios:

Maximiliano Amaral dijo...

Muy interesante, a mí me sirvió para hacer un trabajo del liceo :D

Unknown dijo...

Muy minucioso y buen análisis...fighting!

Cecinovsky dijo...

Excelente análisis, me pareció muy completo, ¡muchas gracias!
Aún así, me quede muy perpleja que ni en la película ni en el análisis se consideraran otros posibles responsables. Si resultara que el joven fuera inocente, entonces ¿quien pudo haber sido? Probablemente hacen falta más datos para un análisis más profundo (p.ej. si faltaban cosas -robo-).
Al final, creo que tanto en tu país, como en el mío (México), y en muchos otros, prevalece la ignorancia y la desvinvulación con el prójimo, lo que nos impide ser imparciales a la hora de tomar una decisión.
Cuestiones de desinterés como la que muestran los sujetos en la película, es lo que nos lleva a un mal ejercicio de nuestros recursos constitucionales, y por lo tanto, a la injusticia.